¿Cuándo prescribe una deuda?

septiembre 24, 2025

Cuando prescribe una deuda es una de las preguntas más frecuentes entre quienes viven en Almería y sufren presión por reclamaciones de deudas antiguas.

Desde Almería Segunda Oportunidad aclaramos tus dudas de forma clara, para que tomes las mejores decisiones.

cuando prescribe una deuda

¿Qué significa que una deuda prescriba?

La prescripción de una deuda no implica que desaparezca, sino que el acreedor pierde el derecho a reclamarla por vía judicial si no actúa dentro del plazo legal.

En otras palabras: si transcurre el tiempo sin acción ni reconocimiento, tú puedes oponer la prescripción como defensa.

Pero ojo: solo funciona si la usas, no se aplica de oficio.

Plazos: ¿Cuándo prescribe una deuda?

En España —y por tanto también en Almería— los plazos varían según el tipo de deuda:

Tipo de deudaPlazo de prescripciónComentarios
Deudas personales ordinarias (préstamos, servicios)5 añosDesde que la obligación pudo exigirse.
Deudas mercantiles / comerciales3 añosPor ejemplo, facturas comerciales.
Deudas tributarias / con Hacienda / Seguridad Social4 añosDerecho de la Administración a liquidar o exigir pago.
Deudas hipotecarias / acción real hipotecaria20 añosEn casos de hipoteca o garantía real.

Recuérdalo bien: un mismo acreedor puede intentar reclamarte si interrumpe el plazo legalmente, de modo que la deuda no prescribe definitivamente si hay actos que reinician el conteo.

¿Qué interrumpe el plazo de prescripción?

Aunque creas que la deuda va camino de prescribir, ciertas actuaciones vuelven a arrancar el plazo. Aquí lo que produce interrupción:

  • Que el acreedor te reclame formalmente (burofax, carta certificada, aviso extrajudicial).
  • Que tú reconozcas la deuda, aunque sea de forma verbal o parcial.
  • Que se presente demanda judicial para reclamar la deuda.

Si alguna de estas cosas ha ocurrido, el “reloj” de prescripción vuelve a cero.

¿Cómo puedes actuar en Almería si te reclaman una deuda antigua?

Te recomendamos que:

  • Revisa fechas: cuándo nació la deuda, si hubo reclamaciones o reconocimientos posteriores.
  • Alegar prescripción: si ha pasado el plazo legal sin interrupciones, tu abogado puede oponerse judicialmente amparado en la Ley.
  • Acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad: incluso si la deuda no ha prescrito, este mecanismo puede lograr la cancelación total o parcial de tus deudas. Puedes solicitarla de forma gratuita haciendo clic aquí.
  • Facilidades de pago durante el proceso: somos empáticos y entendemos la situación, ofrecemos flexibilidad financiera para que el camino no sea una carga.

Solicita gratuitamente la Ley de Segunda Oportunidad en Almería

Si estás en Almería y no sabes si una deuda te puede reclamar ya o si ha prescrito, contáctanos.

Te haremos un estudio personalizado, sin compromiso y gratuito, con la garantía de nuestra amplia experiencia en la Ley de Segunda Oportunidad.

Si tienes deudas y resides en Almería llámanos al 604 11 24 86 o contáctanos vía WhatsApp. O si lo prefieres, desde nuestro formulario web.

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